La creación del Consejo Nacional de Ciberseguridad en Venezuela 2024 ha sido formalmente anunciada a través de la publicación en la Gaceta Oficial N° 42.939 . Este nuevo órgano consultivo y de asesoría ha sido establecido bajo la autoridad del Jefe de Estado, con el objetivo principal de prevenir los usos ilegales de las tecnologías de la comunicación y la información.
Contexto del Decreto
El decreto N° 4.975, publicado en la Gaceta Oficial N° 42.939 el 12 de agosto de 2024, responde a una serie de agresiones cibernéticas sufridas por el país en un contexto electoral. Estas agresiones afectaron sectores críticos como la industria petrolera, el suministro eléctrico y los procesos electorales, subrayando la necesidad de este nuevo consejo.
Funciones del Consejo Nacional de Ciberseguridad
El Consejo Nacional de Ciberseguridad de Venezuela 2024 se encargará de crear una red de monitoreo constante para prevenir y gestionar incidentes telemáticos, impulsando así una respuesta más efectiva a los delitos informáticos. El organismo tiene la facultad de solicitar información a entidades públicas y privadas para cumplir con sus objetivos.
Objetivos Claves del Consejo
El ciberespacio es considerado de interés público y estratégico, requiriendo políticas de seguridad adecuadas para asegurar la soberanía del país. Entre los principales objetivos del Consejo se incluyen:
Estas son las siete claves de las responsabilidades que recaerán en el Consejo Nacional de Ciberseguridad de Venezuela 2024:
- El ciberespacio es declarado de interés público y estratégico, requiriendo políticas de seguridad, administración y control para asegurar la soberanía y estabilidad del país.
- Se establecerá una red de vigilancia 24 horas para incidentes telemáticos, conectada con redes regionales para combatir delitos informáticos transfronterizos.
- El Consejo podrá solicitar a entidades públicas y privadas datos, estadísticas e información relacionada con la seguridad informática de la nación.
- Se impulsarán programas de formación en ciberseguridad y se fomentará la creación de equipos especializados en el sector público y privado.
- Promoverá inversiones para fortalecer la infraestructura telemática del Estado.
- Sugerir regulaciones, leyes y reglamentos orientados a la prevención del uso delictivo de las tecnologías de información y comunicación (TIC).
- Crear comités de trabajo y emergencia interinstitucionales para prevenir el uso delictivo de las TIC.
La creación del Consejo Nacional de Ciberseguridad representa un avance significativo hacia la protección del ciberespacio en el país. Este órgano se enfocará en prevenir y gestionar incidentes telemáticos, asegurando una respuesta eficaz y coordinada para mantener la estabilidad y seguridad nacional.
A continuación, se presentan algunos puntos clave sobre la responsabilidad de los administradores en este contexto:
Responsabilidad de los Administradores de Grupos en Redes Sociales
1. Responsabilidad Legal:
Los administradores de grupos de WhatsApp,Telegram y Facebook SON considerados responsables o Complices por el contenido que se publique en sus grupos. Esto incluye mensajes, videos y cualquier otro tipo de contenido que incite al odio, a la violencia o que infrinja las leyes venezolanas.
2. Normativa Aplicable:
Según el marco legal venezolano, los administradores son responsables solidariamente por infracciones a las disposiciones legales y reglamentarias.
3. La Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, ART. 20
Quien fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia públicamente será sancionado con prisión de 10 a 20 años.
«La legislación declara al país como un “territorio de paz, contrario a la guerra y la violencia en todas sus formas”.
Consecuencias del Desacato:
Ante la difusión de contenido ILEGAL los administradores tienen la facultad de retirar la membresía a los usuarios que inciten a la violencia o que violen las normas del grupo.
Esto es una medida preventiva para evitar problemas legales y mantener el propósito del grupo.
4. Acciones Legales:
En caso de que un administrador no actúe ante la difusión de contenido ilegal, podría enfrentar acciones legales por parte de las autoridades competentes, como CONATEL, M.P o los tribunales de justicia de la República de Venezuela, pudiendo cualquier Miembro denunciar el hecho ilícito ante los Órganos y Entes del Estado Venezolano.
5. Recomendaciones para Administradores de Grupos
Monitorear activamente el contenido compartido en el grupo.
Establecer reglas claras sobre el tipo de contenido permitido.
Advertir a los miembros sobre las consecuencias de publicar contenido que infrinja las leyes.
Actuar rápidamente ante cualquier publicación que pueda ser considerada ilegal o dañina.
Los administradores de grupos en redes sociales tienen una responsabilidad significativa en cuanto al contenido que se comparte. Es crucial que estén informados sobre las leyes aplicables y actúen proactivamente para evitar problemas legales.
La gestión adecuada de estos grupos no solo protege a los administradores, sino también a los miembros del grupo y a la comunidad en general.
El consejo está conformado por la vicepresidenta Delcy Rodríguez; el ministro para la Defensa, Vladimir Padrino López; la ministra para la Ciencia y Tecnología, Gabriela Jiménez; Ministerio de Economía; el ministro para Relaciones Exteriores, Yván Gil; el ministro para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Remigio Ceballos; el Ministerio para la Planificación y el Ministerio de Comercio Nacional.
El decreto N° 4.975, que entró en vigencia el pasado 12 de agosto del 2024, señala que el órgano tendrá competencia en materia de prevención de los “usos delictivos” de las tecnologías de comunicación e información en el país. Además, se encargará de asesorar al Ejecutivo y al Consejo de Defensa sobre la elaboración de la política nacional de ciberseguridad.
Asimismo, tendrá la obligación de “elevar propuestas de regulaciones, leyes y reglamentos en materia de prevención de uso de las tecnologías de información y comunicación con fines delictivos; y verificar el grado de cumplimiento de la implementación de los planes y regulaciones adoptados en materia de ciberseguridad”, reza el artículo 2 del decreto.
La comisión también deberá formular propuestas y recomendaciones sobre la política de ciberseguridad del Estado, en “armonía con los intereses y objetivos del país”. De igual manera, tendrá que llevar a cabo una valoración continua de los riesgos y amenazas, impulsar la conformación de una “red de vigilancia” para evitar “delitos informáticos transfronterizos” y constituir comités de trabajo interinstitucionales y de emergencia.
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